FRANQUICIA SENCE
¿QUÉ ES LA FRANQUICIA SENCE?
La franquicia tributaria Sence es un incentivo a las empresas contribuyentes para que inviertan en la capacitación a sus colaboradores, descontando el monto a pagar de sus impuestos.
¿HASTA QUÉ MONTO PUEDO DISPONER?
El recurso a utilizar en capacitación corresponde al 1% de la planilla anual imponible.
¿CÓMO SE PUEDE UTILIZAR?
Para hacer uso de la franquicia, las empresas deben contratar cursos en los OTEC que tengan código SENCE.
Una vez seleccionado el curso, deben inscribir a los trabajadores contratados, por medio de su OTIC o hacerlo directamente, como empresa, en el sitio web de SENCE.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA FRANQUICIA SENCE
¿QUIÉN INSCRIBE A LOS PARTICIPANTES
A UN CURSO?
La empresa directamente en: www.sence.cl o a través de su OTIC.
¿QUIÉN INSCRIBE A LOS PARTICIPANTES
A UN CURSO?
La empresa directamente en: www.sence.cl o a través de su OTIC.
¿QUÉ ES UNA OTIC?
Los OTIC son Organismos Técnicos Intermediarios de capacitación, agrupados sectorial o regionalmente y reconocidos por SENCE, cuyo objetivo primordial, es dar apoyo técnico a sus empresas adherentes asociadas, las cuales optan libremente por un OTIC según sus propios intereses.
¿QUÉ ES UNA OTEC?
Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son instituciones autorizadas por SENCE, para dar servicios de capacitación.
Los OTEC imparten cursos orientados a promover el desarrollo de las competencias laborales de los trabajadores, a fin de contribuir a un adecuado nivel de empleo, mejorar la productividad de los trabajadores y empresas, así como la calidad de los procesos y productos.
¿QUÉ ES UNA OTEC?
Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son instituciones autorizadas por SENCE, para dar servicios de capacitación.
Los OTEC imparten cursos orientados a promover el desarrollo de las competencias laborales de los trabajadores, a fin de contribuir a un adecuado nivel de empleo, mejorar la productividad de los trabajadores y empresas, así como la calidad de los procesos y productos.
¿CUÁNTAS VECES EN EL AÑO SE PUEDE HACER USO DE LA FRANQUICIA?
Las veces que se requiera, con un monto máximo anual, a invertir en capacitación, del 1% de las remuneraciones imponibles pagadas por la empresa.
¿EL PARTICIPANTE DEBE TENER ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA, PARA HACER USO DE LA FRANQUICIA SENCE?
No, sólo debe tener un contrato vigente.
¿EL PARTICIPANTE DEBE TENER ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA, PARA HACER USO DE LA FRANQUICIA SENCE?
No, sólo debe tener un contrato vigente.
¿SI NO HA SIDO CONTRATADO AÚN O YA FUE DESPEDIDO, PUEDE HACER USO DE LA FRANQUICIA SENCE?
Franquicia Pre Contrato: El Pre contrato se trata de un incentivo para que las empresas capaciten a sus “potenciales” trabajadores, antes de su contratación. Con el fin de fortalecer las competencias laborales de sus futuros trabajadores.
Franquicia Post Contrato: Post Contrato, es una herramienta de franquicia tributaria para capacitar a ex colaboradores.
La capacitación consiste en un acuerdo que la empresa suscribe con una o más personas con quienes mantuvo recientemente un contrato laboral, con el fin de entregarles un curso que apoye su empleabilidad.
¿QUÉ EMPRESAS QUEDAN EXCLUÍDAS DE LA FRANQUICIA TRIBUTARIA DE CAPACITACIÓN?
a) Empresas con planilla de remuneraciones inferior a 35 UTM, anual.
b) Empresas con cotizaciones previsionales pendientes.
c) Empresas contribuyentes de segunda categoría.
¿QUÉ EMPRESAS QUEDAN EXCLUÍDAS DE LA FRANQUICIA TRIBUTARIA DE CAPACITACIÓN?
a) Empresas con planilla de remuneraciones inferior a 35 UTM, anual.
b) Empresas con cotizaciones previsionales pendientes.
c) Empresas contribuyentes de segunda categoría.
¿CUÁL ES LA COBERTURA DE LA FRANQUICIA POR PERSONA?
- Se franquiciará el 100% del valor hora Sence por participante, cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador esté entre 0 a 25 UTM.
- Se franquiciará el 50% del valor hora Sence por participante, cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador exceda las 25 y no sobrepase las 50 UTM.
- Se franquiciará el 15% del valor hora Sence por participante, cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador sea mayor a las 50 UTM.
Para determinar en qué tramo cae esta remuneración, se deberá tomar como referencia tanto la UTM como la remuneración del mes anterior a la comunicación de la actividad de capacitación.
Las veces que se requiera, con un monto máximo anual, a invertir en capacitación, del 1% de las remuneraciones imponibles pagadas por la empresa.
¿Qué hacer con el colaborador de renta variable?
En ese caso se considera el promedio anual anterior a la capacitación.
¿CUÁL ES EL VALOR POR HORA SENCE?
Los valores cambian, según tipo de modalidad del curso. Ver tabla:
¿CUÁL ES EL VALOR POR HORA SENCE?
Los valores cambian, según tipo de modalidad del curso. Ver tabla:
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SOPORTE A CLIENTES
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EMPRESAS
¿CÓMO COMUNICAR UN CURSO DE
CAPACITACIÓN ASOCIADO A UNA FRANQUICIA TRIBUTARIA?
Puedes descargar esta información en el siguiente PDF:
¿CÓMO LIQUIDAR UN
CURSO SENCE?
Puedes descargar esta información en el siguiente PDF:
PARTICIPANTES
¿CÓMO OBTENER
TU CLAVE ÚNICA?
Puedes descargar esta información en el siguiente PDF:
¿CÓMO INGRESAR A UN CURSO?
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